INTEGRA2 GONZALEZ DE CASTRO S.L.P
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¿Que PLAZO hay para pasar la ITE?

    Tendrán de plazo hasta el 27 de junio de 2018 para realizar la ITE todos los edificios de uso residencial  que a fecha de 27 de junio de 2017 tuvieran una antigüedad igual o superior a 50 años, salvo que ya, en esa fecha, contasen con una inspección técnica vigente, realizada de conformidad con lo previsto en el Decreto 80/2014, de 20 de mayo

    Los edificios de uso residencial que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del mencionado Decreto y cumplan 50 años a partir del 28 de junio de 2017, y los edificios catalogados a partir de esa misma fecha, deberán realizar la ITE en el plazo de un año desde que el edificio cumpla dicha antigüedad en el caso de edificios de uso residencial, o desde la fecha de su calificación como tal en el caso de ser catalogado.

Asi mismo, deben pasar la ITE todos aquellos edificios que quieran acogerse a ayudas publicas.

La ITE debe renovarse periódicamente cada DIEZ AÑOS.